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Piloto de dron con la emisora en la mano durante una operación de trabajo
Normativa y permisos

Operador UAS registrado en AESA

Contratar un vuelo profesional no es contratar a alguien con un dron. Es contratar a un operador registrado, con pilotos formados según la normativa europea y con seguro de responsabilidad civil en vigor.

El marco que se aplica hoy en España es europeo. El Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 fija las reglas de operación con aeronaves no tripuladas y el Reglamento (UE) 2019/945 los requisitos técnicos de los aparatos y su marcado de clase. Sobre esa base, el Real Decreto 517/2024, de 4 de junio, desarrolla el régimen jurídico de la utilización civil de UAS en España. AESA es la autoridad aeronáutica competente.

La primera obligación es el registro. AESA establece que deben registrarse como operador quienes vayan a realizar operaciones con UAS de 250 gramos o más en categoría abierta, con aparatos capaces de transferir una energía cinética por encima del umbral fijado, con aeronaves que lleven sensores capaces de captar datos personales, y en cualquier caso todas las operaciones en categoría específica. El registro es gratuito, se hace en la sede electrónica de AESA y el certificado tiene tres años de validez.

Del registro sale el número de operador UAS, que no es un adorno: AESA exige que figure en todas las aeronaves del operador. Si alguien va a volar en tu finca, en tu obra o en tu rodaje, ese número tiene que estar en el aparato, y el certificado de registro tiene que estar en vigor. Es la comprobación más sencilla que puedes hacer antes de firmar nada, y descarta de un plumazo a quien no está donde dice estar.

DroneAlmería es operador UAS registrado en AESA, con pilotos formados según la normativa europea de EASA y con seguro de responsabilidad civil en vigor. No afirmamos habilitaciones distintas de esas, ni falta que hace: en este sector abundan las webs que se cuelgan medallas difíciles de comprobar. Cuando un trabajo concreto exige una autorización específica, por zona, por tipo de operación o por la actividad que se documenta, se tramita antes y se dice con claridad qué se ha pedido y a quién.

LO QUE PUEDES EXIGIR A CUALQUIER OPERADOR
  • Número de operador UAS visible en la aeronave
  • Certificado de registro de operador en vigor
  • Acreditación de formación del piloto para la subcategoría o el escenario de la operación
  • Póliza de responsabilidad civil en vigor que cubra daños a terceros
  • Comprobación documentada de las zonas geográficas UAS afectadas
  • Autorización o declaración operacional cuando la operación lo requiera

Las tres categorías de operación

El reglamento europeo clasifica las operaciones por riesgo, no por si se cobra o no por ellas. Esa es la confusión más extendida: ya no existen las viejas etiquetas de vuelo profesional frente a vuelo recreativo.

  • Categoría abierta: riesgo bajo, sin autorización previa, siempre en vuelo dentro del alcance visual y con un máximo de 120 metros sobre la superficie. Se subdivide en A1, A2 y A3. En toda la categoría abierta está prohibido sobrevolar aglomeraciones de personas.
  • Categoría específica: cuando la operación se sale de esos límites. Requiere una declaración operacional acogida a un escenario estándar o una autorización operacional de AESA basada en un análisis de riesgos.
  • Categoría certificada: reservada al riesgo más alto, con certificación de la aeronave y del operador.

Dentro de la abierta, AESA describe A1 para aeronaves de menos de 250 gramos, sin sobrevolar personas ajenas; A2 para menos de 4 kilogramos, con al menos 30 metros de distancia horizontal a personas, reducibles en modo de baja velocidad; y A3 para menos de 25 kilogramos, lejos de personas ajenas y a un mínimo de 150 metros de zonas residenciales, comerciales, industriales o recreativas.

Escenarios estándar: qué ha cambiado

Este punto genera mucha información desactualizada, así que conviene fijarlo. Los escenarios estándar nacionales españoles, los STS-ES, dejaron de ser válidos el 31 de diciembre de 2025: desde esa fecha no amparan operaciones ni formación, según la propia AESA, que además recuerda que la documentación derivada de la actividad se conserva a disposición de la autoridad al menos tres años.

El camino para operar en categoría específica bajo declaración pasa hoy por los escenarios estándar europeos previstos en el Reglamento (UE) 2019/947, que exigen la certificación de piloto a distancia correspondiente. La alternativa es la autorización operacional, que AESA tramita en su sede electrónica a partir de un análisis de riesgos de la operación concreta. Si alguien te ofrece un trabajo amparándose hoy en un STS-ES, algo no cuadra.

Formación del piloto y seguro

La formación depende de la subcategoría. Para A1 y A3 AESA gestiona un curso de formación y examen en línea; para A2 hay un examen específico de piloto a distancia. Para operar en categoría específica bajo escenario estándar europeo se necesita además la certificación de piloto correspondiente.

El seguro no es opcional en el trabajo profesional. AESA lo indica expresamente en el registro de operador: hay que disponer de póliza que cubra la responsabilidad civil frente a terceros por los daños derivados de la operación. El artículo 8 del Real Decreto 517/2024 remite al Reglamento (CE) 785/2004 para aeronaves de 20 kilogramos o más y exige póliza o garantía financiera para los UAS de menos de 20 kilogramos que operen en subcategoría A2, en categoría específica o en certificada, con los límites del Real Decreto 37/2001.

Antes de cada trabajo comprobamos qué categoría corresponde y qué zonas geográficas afectan al emplazamiento: lo desarrollamos en dónde se puede volar un dron en Almería. Puedes ver también nuestro equipo de pilotos y la flota.

Contenido revisado en agosto de 2026. La normativa cambia con frecuencia: antes de cada trabajo volvemos a comprobar la fuente oficial, que es la que manda.
Entrega

Qué recibes al terminar

En cualquier encargo podemos aportar la documentación que acredita que el vuelo se hace en regla.

  • Acreditación de operador UAS registrado en AESA con número de operador
  • Certificados de formación de los pilotos asignados al trabajo
  • Certificado de seguro de responsabilidad civil en vigor
  • Comprobación de zonas geográficas UAS del emplazamiento
  • Autorización o declaración operacional cuando la operación la requiera
  • Evaluación de riesgos y plan de la operación para trabajos complejos
En Almería

Cuándo te van a pedir esta documentación

Obra e industria

Los servicios de prevención exigen acreditación de operador, formación del piloto y póliza antes de dejar entrar a nadie.

Rodajes y producción

Productoras y aseguradoras piden la documentación del operador para el plan de rodaje y el seguro de la producción.

Administraciones

Ayuntamientos y gestores de espacios protegidos piden acreditar la operación antes de autorizar un vuelo.

Plantas e instalaciones

Los titulares de infraestructuras energéticas exigen la documentación completa antes de una inspección aérea.

Dudas habituales

Preguntas frecuentes sobre el registro de operador uas

¿Cómo compruebo que un operador está registrado?

Pide el certificado de registro de AESA y comprueba que el número de operador figura en la aeronave: AESA exige que aparezca en todos los drones del operador. El certificado tiene tres años de validez, así que mira también la fecha.

¿Un dron pequeño no necesita registro?

Depende. AESA exige registro para UAS de 250 gramos o más en categoría abierta, para aparatos con sensores capaces de captar datos personales y para cualquier operación en categoría específica. Un aparato ligero con cámara puede quedar dentro por el sensor.

¿Sigue existiendo la vieja habilitación nacional?

No. Los escenarios estándar nacionales STS-ES perdieron su validez el 31 de diciembre de 2025 y desde entonces no amparan operaciones ni formación. Hoy se opera en categoría abierta, o en específica mediante escenario estándar europeo o autorización operacional de AESA.

¿Se puede volar sobre gente?

En categoría abierta está prohibido sobrevolar aglomeraciones de personas, y las distancias a personas ajenas dependen de la subcategoría. Las operaciones más exigentes van por categoría específica, con declaración o autorización.

¿Qué documentación entregáis antes de un trabajo?

La acreditación de operador con su número, los certificados de formación de los pilotos, el certificado de seguro de responsabilidad civil y la comprobación de zonas geográficas del emplazamiento. Si la operación necesita autorización, la solicitamos antes y se aporta el expediente.

¿Necesitas la documentación para tu expediente?

Te la pasamos antes de empezar: registro de operador, formación de los pilotos y póliza en vigor.